Según la SUNAT, los trabajadores independientes cuyos ingresos sean en este año menores a S/.2,771 no pagarán Impuesto a la Renta.
Este concepto grava los ingresos de las personas, empresas, asociaciones u otras entidades legales. En el caso de los trabajadores independientes (cuarta categoría), que son los contribuyentes que entregan recibos por honorario, ellos podrán iniciar el trámite ante el ente recaudador para solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta. Esto cuando sus ingresos mensuales no superen los S/.2,771.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos, durante el 2014, no superarán los S/.33,250, podrán solicitar la citada suspensión. Hay que indicar que estos montos han sido actualizados, considerando que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para este año es de S/.3,800.
Como suspender pago de Impuesto a la Renta
Para realizar dicho trámite, el contribuyente deberá ingresar al portal de la SUNAT y acceder con su “Clave SOL” a “SUNAT Operaciones en Línea”, módulo donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609. Tras colocar la información solicitada y previa validación de los datos, se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2014.
Es necesario precisar que si en un determinado mes se perciben rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por la totalidad de los ingresos de Cuarta Categoría que obtenga en el referido periodo.
Contactos
Para mayor información los contribuyentes se pueden comunicar con la Central de Consultas a los números 0-801-12-100 (desde un teléfono fijo) y 315-0730 (desde un celular) o solicitar orientación personalizada en los Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el país.
Vía.| http://mass.pe/noticias/
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